Los informes elaborados por organismos de investigación externos, como los servicios de inspección del trabajo y las instituciones de seguro social, deberían considerarse de la misma forma que las investigaciones internas a los efectos de la admisión de decisiones, respetándose los requisitos de confidencialidad. Espero que os sirva de https://michaelg792jot0.blogdosaga.com/profile