No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de pleito, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se utiliza para ayudar a https://avvocatoperreatifacebookw30638.tokka-blog.com/29965764/se-desconoce-datos-sobre-abogado